LEGISLACIÒN COMERCIAL

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cada una de las unidades que aquí le presentamos a la realidad económica del
país.


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en beneficios. (Tomado del SYLLABUS propuesto para la asignatura )


Modulo de legislación.
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20 comentarios:

  1. Primer foro: ¿Qué tipo de empresas según su actividad económica son predominantes en Colombia y por qué?

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  2. INDUSTRIALES: Por que el modelo económico lo permite Eje: bavaria, postobon, coca cola, seguida la de SERVICIOS Eje: Claro, movistar, tigo, Telefónica.

    JHONATAN ALEJANDRO OBANDO SARMIENTO

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    1. Jonathan, el caso de empresas industriales no es tan amplio como las comerciales, por ejemplo, Bavaria produce la cerveza en Colombia, pero existen muchos distribuidores autorizados por una sola empresa Industrial, lo mismo ocurre con la de servicios, son pocas las empresas que prestan servicios, por ejemplo Claro, presta servicio de telefonía móvil en todo Colombia, pero cuántas empresas comercializan dichos productos. Por tal razón el argumento mío es que es más predominante el tipo de empresas Comerciales.

      Atentamente,



      Rubén Darío Torres López
      Legislación Comercial
      Contaduría 1r Semestre

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    2. Para mi las empresas comerciales son las mas predominantes en Colombia segun su actividad ya que son las dedicadas a la compra y venta de bienes, intermediarias entre empresas productoras y las consumidoras o usuarios.

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  3. El tipo de empresas más predominante en Colombia de acuerdo a su actividad, son las Comerciales, porque requiere menos que los otros tipos de empresas, pues solo constará de tener el capital para comprar bienes y venderlos a un mayor precio. Los otros tipos de empresa, requieren más procesos.

    Atentamente,


    Rubén Darío Torres López
    Legislación Comercial
    Contaduría 1r Semestre

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  4. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  5. Aura elena Mendez, En colombia las empresas que predominan son las comerciales las cuales solo se dedican a la compra y venta de bienes de otras empresas.


    Aura Elena Mendez
    Legislación Comercial
    Contaduría 1r semestre

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  6. una de las empresas que predominan en Colombia es ecopetrol, por ser extractor de productos primarios como el petroleo,
    las EPM (Empresas Publicas Municipales) las cuales se dedican a la prestación de servicios como agua, energía y gas domiciliario entre otros,
    Nestle de Colombia, también es una empresa predominante por la compra y procesamiento de productos lácteos, aunque es de nacionalidad suiza es una de las mas importantes del mundo.

    yuranny rodriguez rodriguez
    contaduria publica III semestre


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  7. para mi las empresas que mas predominan en colombia son las comerciales y su elemento basico se abtiene de la naturaleza como es el caso de ecopetrol que se dedica a las actividades primarias o extractivas, con la producción petrolera. ENACAR S.A es una empresa que hace parte del SEP el Sistema de Empresas Públicas y se encarga de la extracion del carbon...

    deicy ramirez acuña
    admon de empresas III semestre
    florencia

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    1. A mi parecer las empresas que mas predominan en nuestro pais son las empresas comerciales debido a que con muy pocos recursos de pueden crear

      Jhonatan Dussan

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    2. Buenas tardes...

      creo que después de las empresas comerciales también predominan en Colombia las empresas industriales ya que hoy en día existen muchas ayudas del gobierno para aquellas personas que deseen conformar empresas

      Jhon Fredy Peña

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  8. Que son los títulos Valores y como se clasifican??

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    1. Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora, pueden ser de contenido crediticio, corporativo o de participación y de tradición o representativo de mercancías. Su clasificación corresponde de la siguiente manera:

      Según su derecho incorporado:

      Títulos jurídico-obligacionales o cambiarios, los cuales constituyen un derecho de crédito. Como son el Cheque, la letra de cambio, entre otros.

      Títulos jurídico-personales o de participación: Son usados para atribuir a su titular una determinada posición en el ámbito de una entidad organizada. Como lo son Las acciones de una Sociedad.

      Títulos jurídico-reales o de tradición: Son aquellos que incorporan la posesión y la disponibilidad de unas determinadas mercancías. En tal caso están Los depósitos en almacenes generales.

      Según la circulación, pueden ser:

      Títulos nominativos: Son aquellos que designan como titular a una persona determinada. Como ejemplo: El cheque nominativo.

      Títulos valores a la orden: Son aquellos que designan como titular a una persona determinada pero permiten la designación de otros titulares en el propio documento. Como por ejemplo la Letra de cambio.

      Títulos valores al portador: Son los que legitiman como titular al mero poseedor siempre que exista justa causa determinante de la transferencia posesoria.

      Atentamente,



      Rubén Darío Torres López
      Contaduría Pública
      CUN Florencia

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  9. TITULO VALOR, es un documento escrito firmado unilateral mente por el deudor en beneficio a una persona. Quien suscribe un titulo valor se obliga a una prestación sobre el valor del titulo.

    CLASIFICACIÓN,
    Según su derecho incorporado:
    TITULOS JURIDICO - OBLIGACIONALES O CAMBIARIOS: Son aquellos que se incorporan en un derecho crediticio ej: cheque, letra de cambio etc..
    TITULOS JURIDICO - PERSONALES O DE PARTICIOPACION, Son aquellos que atribuyen a su titular una determinada pocicion en el ámbito de una entidad organizada ej: una S.A.
    TITULOS JURIDICO - REALES O DE TRADICION, Son aquellos que se incorporan a la posesión y en otros casos a la disponibilidad de un determinado producto ej: un deposito de almacenes
    generales.

    SEGUN LA CIRCULACION,
    TITULOS NOMINATIVOS, Son aquellos que designan como titular a una sola persona determinada.
    TITULOS VALORES A LA ORDEN, Son aquellos que designan como titular a una persona determinada pero permiten la designación a otros titulares en el propio documento ej: letra de cambio.
    TITULO VALOR AL PORTADOR, Es aquel que legitima como titular al mero poseedor, en algunos casos con justa causa legitima al poseedor causal.

    yuranny rodriguez rodriguez
    contaduria publica III semestre


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  10. Los títulos valores son los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal y autónomo que en ellos se consigna

    CLASIFICACIÓN

    DERECHO INCORPORADO

    Títulos jurídico-obligacionales o cambiarios: Se definen como aquellos que incorporan un derecho de crédito. Ej. Cheque, letra de cambio… etc.
    Títulos jurídico-personales o de participación: Estos se definen como aquellos que atribuyen a su titular una determinada posición en el ámbito de una entidad organizada. Ej. Las acciones de una S.A.
    Títulos juridico-reales o de tradición: Vienen definidos como aquellos que incorporan la posesión y en muchos casos la disponibilidad de unas determinadas mercancías. Ej. Un resguardo de depósito en almacenes generales.

    CIRCULACIÓN :

    Títulos nominativos: Se definen como aquellos que designan como titular a una persona determinada, persona cuya titularidad se recoge en el propio título valor. El ejemplo más claro lo constituye el cheque nominativo.
    Títulos valores a la orden: Son aquellos que designan como titular a una persona determinada pero permiten la designación de otros titulares en el propio documento. Ej. Letra de cambio
    Títulos valores al portador: Son aquellos que legitiman como titular al mero poseedor siempre que exista justa causa determinante de la transferencia posesoria (legítima al poseedor causal)

    JHONATAN ALEJANDRO OBANDO SARMIENTO
    PRIMER SEMESTRE CONTADURIA PUBLICA

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  11. El tipo de empresa mas predominantes en Colombia son las Comerciales debido que no requieren de mucho capital para poderlas conformar

    Sandra Peña

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    Respuestas
    1. los título valor se puede definir como un documento negociable ,lo cual implica que la persona que lo posea puede venderlo y se hacen necesario para certificar o garantizar los derechos o beneficios de su poseedor legal (aquel que la ley reconoce como dueño del título) y las obligaciones de quien lo emitió (la persona que decidió crear el título).

      Los titulos valores se clasifica :

      Títulos nominativos: Los títulos nominativos establecen, en ellos o en la norma que se haya creado para su expedición, que el poseedor legal del título debe estar inscrito en un registro que llevará el emisor de los títulos; por lo tanto, sólo la persona que aparezca en el título y en el registro será considerada como la poseedora legal de éste.

      Títulos a la orden: Los títulos a la orden se pueden ceder por medio de endoso y la entrega física del bien al nuevo dueño.

      Títulos al portador: Son aquellos que no se expiden en favor de ninguna persona en especial, por lo cual el portador será acreditado como el poseedor legal del título.

      Títulos de renta fija: Los retornos a los que tiene derecho el tenedor legal del título están representados por una tasa de interés constante durante la vida del título. Algunos ejemplos de tales títulos son: los CDT, los bonos de tasa fija, etc.

      Títulos de renta variable: Los retornos a los que tiene derecho el tenedor legal del título no se encuentran asociados a una tasa de interés fija sino, por ejemplo, a la rentabilidad de un negocio o empresa, o a un índice de la economía como la DTF o la inflación.

      Sandra Peña

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  12. los títulos valore es un documento escrito, un pedazo de papel que contiene diversas menciones. Por otro lado, encontramos el aspecto sustancial; desde este punto de vista, el título valor es un derecho, un derecho de crédito en beneficio de la persona a quien se entregue el documento.

    Se clasifican:

    Títulos Personales: también llamados corporativos, que son aquellos cuyo objeto principal no es un derecho de crédito, sino la facultad de atribuir a su dueño una calidad personal de miembro de una sociedad. De tal calidad derivan derechos de diversas clases: políticos, patrimoniales, etc.

    Títulos Obligacionales: o títulos de crédito propiamente dichos, que son aquellos cuyo objeto principal, es un derecho de crédito y, en consecuencia atribuyen a su titular acción para exigir el pago de las obligaciones a cargo de los suscriptores.

    Títulos Reales: de tradición o representativos, que son aquellos cuyo objeto principal no consiste en un derecho de crédito, sino en un derecho real sobre la mercancía amparada por el título. Por esto se dice que representan mercancías.

    Títulos singulares son aquellos que son creados uno sólo en cada acto de creación, como la letra de cambio, el pagaré, etc.

    Títulos seriales son los que se crean en serie, como las acciones y las obligaciones de las sociedades anónimas.

    Títulos nominativos: Son títulos nominativos, también llamados directos, aquellos que tienen una circulación restringida, porque designan a una persona como titular, y que para ser transmitidos, necesitan el endoso del titular y la cooperación del obligado en el título, el que deberá llevar un registro de los títulos emitidos; y el emisor sólo reconocerá como titular a quien aparezca a la vez como tal, en el título mismo y en el registro que el emisor lleve.

    Títulos a la orden: Son títulos a la orden aquellos que, estando expedidos a favor de determinada persona, se trasmiten por medio del endoso y de la entrega misma del documento. Puede ser que siendo el título a la orden por su naturaleza, algún tenedor desee que el título ya no sea transmitido por endoso y entonces podrá inscribir en el documento las cláusulas “No a la orden” “no negociable” u otra equivalente. P.ej.: Letra de cambio.

    Títulos al Portador: Son aquellos que se trasmiten cambiariamente por la sola tradición, y cuya simple tenencia produce el efecto de legitimar al poseedor, puesto que no se designan los datos personales de su titular y legitiman por la simple posesión. P.ej.: Cheque al portador.

    Jhonatan Dussan

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  13. Los títulos valores se componen de dos partes principales: el valor que consignan y el título, derecho o soporte material que lo contiene, resultando de esta combinación una unidad inseparable. En un sentido restringido, es aquel "documento sobre un derecho privado cuyo ejercicio y cuya transmisión están condicionados a la posesión del documento", concepción según la cual el documento resulta indispensable tanto para transmitir como para ejercer el derecho a él incorporado.

    Se clasifican según:

    • Su objeto
    • Su forma de creación
    • La sustantividad
    • Su circulación

    Jhon Fredy Peña

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  14. Es un documento escrito, siempre firmado por el deudor que confiere un derecho en beneficio de la persona que lo porte. El título valor tiene validez para hacer negocios y entra en circulación en el mercado como cualquier bien. Quien firma el título valor se obliga a pagar lo allí consignado a quien lo posea.

    -Los títulos valores, según el procedimiento necesario para su negociación.

    Títulos nominativos: establecen, en ellos o en la norma que se haya creado para su expedición, que el poseedor legal del título debe estar inscrito en un registro que llevará el emisor de los títulos; por lo tanto, sólo la persona que aparezca en el título y en el registro será considerada como la poseedora legal de éste.

    Títulos a la orden: Los títulos a la orden se pueden ceder por medio de endoso y la entrega física del bien al nuevo dueño.

    Títulos al portador: Son aquellos que no se expiden en favor de ninguna persona en especial, por lo cual el portador será acreditado como el poseedor legal del título.

    -según su rentabilidad

    Títulos de renta fija: Los retornos a los que tiene derecho el tenedor legal del título están representados por una tasa de interés constante durante la vida del título. Algunos ejemplos de tales títulos son: los CDT, los bonos de tasa fija, etc.

    Títulos de renta variable: Los retornos a los que tiene derecho el tenedor legal del título no se encuentran asociados a una tasa de interés fija sino, por ejemplo, a la rentabilidad de un negocio o empresa, o a un índice de la economía como la DTF o la inflación.

    Los títulos valores reconocidos por el Código de Comercio Colombiano son:

    Las letras de cambio: Título de contenido crediticio.
    El pagaré: Título de contenido crediticio.
    El cheque: Título de contenido crediticio.
    El bono: Título de contenido crediticio.
    Certificado de depósito: Título representativo de mercancías.
    Bono de prenda: Título de contenido crediticio.
    Carta de porte y conocimiento de embarque: Título representativo de mercancías.

    DEICY RAMIREZ ACUÑA
    III semestre admon de empresas
    florencia

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