DERECHO CONSTITUCIONAL

DERECHO CONSTITUCIONAL


Es la rama del derecho encargada de analizar y controlar las leyes fundamentales que rigen al Estado se conoce como derecho constitucional. Su objeto de estudio es la forma de gobierno y la regulación de los poderes públicos, tanto en su relación con los ciudadanos como entre sus distintos órganos.
Más concretamente aún podemos determinar que el derecho constitucional se encarga de llevar a cabo el estudio de lo que es la teoría de los derechos humanos, la del poder, la de la Constitución y finalmente la del Estado.
El poder político está formado por las instituciones a las cuales la sociedad les ha otorgado el monopolio del uso de la violencia. Es decir, el poder político tiene la capacidad de coerción para obligar a cumplir sus mandatos imperativos a través de la violencia legítima, siempre y cuando este uso sea necesario.  

El derecho constitucional, que pertenece al derecho público, se sustenta en la Constitución, un texto jurídico-político que fundamenta el ordenamiento del poder político. La Constitución es la norma suprema de un país, por lo que prevalece sobre cualquier otra normativa o ley.
La Constitución se caracteriza por su rigidez, ya que sólo puede ser modificada bajo ciertas condiciones excepcionales que se encuentran recogidas en su propio texto. La estructura constitucional contempla un preámbulo, una parte dogmática (con los derechos fundamentales procesales y sustantivos) y una parte orgánica (con la creación de los poderes constituidos).
En el caso, por ejemplo, de la Constitución Española, que data del año 1978, está conformada por un preámbulo, una parte dogmática que está conformada por el título preliminar y por el título primero, así como por una parte orgánica que va desde el título segundo hasta el título décimo, y finalmente por un conjunto de disposiciones (cuatro adicionales, nueve transitorias, una derogatoria y una final).
Es importante subrayar que en el mencionado preámbulo adquieren el protagonismo el respeto a los derechos humanos, los valores democráticos, la consagración del Estado del Derecho y lo que es el conjunto de objetivos fundamentales que se establece la Constitución como elemento a conseguir.
En la parte dogmática, por su parte, se dan cuenta de los citados derechos fundamentales así como de sus garantías, los principios rectores de la política social y económica y finalmente los los principios constitucionales. Estos no son otros que los valores superiores del ordenamiento jurídico (igualdad, libertad, pluralismo político y justicia), que España es un Estado Social y democrático de Derecho así también como un conjunto de principios de organización política. En este caso toman protagonismo la monarquía parlamentaria, la unidad de la nación española o la solidaridad interterritorial, entre otras cuestiones y pilares fundamentales dentro del país.
Mientras, la parte orgánica lo que hace es desarrollar el diseño de la división de poderes: ejecutivo, judicial y legislativo.
Entre los principios doctrinales del derecho constitucional, aparece la división de poderes (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial) y la protección del Estado de derecho (el poder estatal sometido a un orden jurídico), la soberanía nacional y los derechos fundamentales (estabilidad y control de la constitucionalidad, que es el mecanismo jurídico que garantiza el cumplimiento de las normas constitucionales).

DERECHO CONSTITUCIONAL( MATERIAL DE ESTUDIO)


20 comentarios:

  1. Bienvenidos a mi blogspot, en el enlace (MATERIAL DE ESTUDIO), encontraran los archivos propuestos para el desarrollo de la asignatura.....La tarea para esta semana, es
    investigar una breve historia bien fundamentada acerca de LOS DERECHOS HUMANOS,

    Al publicar por favor dejar sus nombres..
    Abrazos y bendiciones!

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  2. Muy buen día, por favor seleccionar el artículo de la constitución Política de Colombia, que a su criterio le parezca el más importante. ( Justificar el por qué)

    Bendiciones!

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  3. ARTICULO 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.

    Justificación: considero que la igualdad es el valor más importante que nos permite sentirnos libres y con la capacidad de expresar nuestras ideas y pensamientos, sin ser condicionados o discriminados. En algunas ocasiones personas inescrupulosas se aprovechan de su posición política económica y social, para vulnerar los derechos de aquellos individuos que por desconocimiento de la Norma y dificultad para encontrar las herramientas Jurídicas las cuales le permiten defender su integridad. Es notable que en nuestro territorio no existen los mecanismos que acojan en forma generalizada a toda la población. El Gobierno tendrá que adoptar políticas educativas que garanticen que toda persona sea conocedora de sus derechos y la forma como defenderlos.

    MARIA ARGENY JIMENEZ
    Administración publica
    Piamonte Cauca

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  4. HISTORIA DE LA CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA
    Según la historia la primera Constitución Política para la Republica de Colombia se decretó en el año 1821 dándose a cabo un congreso en la ciudad de Cúcuta, quien entonces era la capital de la gran Colombia, donde la visión era obtener una nación independiente. La primera constitución del estado colombiano, constaba de 10 capítulos integrados en total por 91 artículos. El poder legislativo conformado por la cámara de senadores quienes durarían 8 años en función, la cámara de representantes en un periodo de 4 años y por supuesto el Ejecutivo estaba compuesto por Presidente y Vicepresidente, los cuales estarían solo durante 4 años en el poder sin oportunidad de reelección. Con esta norma se pretendía erradicar la inquisición y desaparecer la esclavitud.
    Once años después desgraciadamente se impuso la Constitución de 1832 que culminó con la existencia de la Republica de Colombia y pasó a llamarse la Republica de Nueva Granada con un carácter centralista.
    En la Constitución de 1853 desapareció la esclavitud por completo, además se amplió el reconocimiento de los derechos humanos, mientras que fueron implantados los juicios penales y la prensa tuvo una mayor libertad.
    Posteriormente se aprobó una Constitución de carácter federativa en el año 1858. Mientras que la Constitución de 1863 trajo una esperanza de libertad en el país para todos. El presidente era elegido disimuladamente por los estados y no podía ser reelegido para un periodo inmediato.
    La constitución del año 1886 suministró el nombre de Republica de Colombia como lo es actualmente. En esta época el presidente era elegido por el Congreso para gobernar por seis años con la oportunidad de ser reelegido, costumbre que duro hasta el año 1910 reforma que en una Asamblea Nacional fue decretada, mediante la elección del presidente se haría por medio del voto de los ciudadanos el presidente sería elegido por el voto de los ciudadanos y estaría en el poder por cuatro años sin oportunidad de ser reelegido en el siguiente periodo.
    En 1936, Se realizó la reforma mediante la cual fue suprimida la necesidad de saber leer y escribir para poder ejercer el voto. La única condición era ser ciudadano varón con más de 21 años cumplidos. Las mujeres solo pudieron sufragar a partir de 1954. La Constitución de 1991 ha sido reformada en 16 oportunidades. Contiene un preámbulo, 380 artículos y 60 artículos transitorios, dividida en 13 títulos. En esta fueron reconocidos los derechos naturales fundamentales, políticos, sociales, civiles, económicos. Esos si fue excluida la pena de muerte. El presidente es elegido mediante voto popular y no era reelegible. Esto último fue reformado por Álvaro Uribe bajo su mandato en el año 2004, lo cual le permitió ser reelegido para un segundo periodo de gobierno.
    Estudiante
    YISETH YURELY PAZ
    Administración Pública- Piamonte Cauca

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  5. En esta breve reseña de la trayectoria de la Constitución Política Colombiana vemos que en cada reforma de la misma, La Norma de Normas, va dando cabida a los derechos fundamentales de cada ser humano como agente de la sociedad, ya que debe ser la Constitución Política un conjunto de garantías que fundamenten el hacer valer los derechos sin importar la distinción, la clase social, la raza, el sexo, la nacionalidad entre otras condiciones. Actualmente contamos con la constitución política del 1991 una constitución que le da a toda persona la protección de sus derechos constitucionales entre ellos: el derecho a la vida, la integridad personal, la libertad, la igualdad etc. Cabe destacar que esta reforma a diferencia de las anteriores fue incluyente de todos los sectores sociales, da participación al pueblo en general, también rescato la soberanía de los pueblos indígenas del país, en cuanto a autoridad en territorio, el como ellos practican su ley, se puede decir que ese fue un cambio grande realizado bajo el mandato del presidente Cesar Gaviria, donde prevaleció la igualdad.
    El tema ambiental también tiene un papel importante en la reforma del 1991, partiendo que se entiende que el medio ambiente es el principio de vida, el derecho a todos disfrutar de un ambiente sano está dentro de los principios constitucionales que respaldan a una calidad de vida digna; en ese contexto hace que toda la reformulación de la parte legislativa, de la parte ambiental tenga un potencial muy grande que prepare al país en este importante sector.
    Aunque que por un lado va lo plasmado en la Constitución Política, una estructura muy bonita que hace mirar fácil la convivencia, por el otro va verdaderamente el si se efectúa o solo se instruye. Qué bonito seria que lo escrito en la Norma de Normas fuera aplicable y no solo se quedara como una herramienta que al trascurrir del tiempo se oxida por la falta de uso.

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  6. HISTORIA CONSTITUCIONAL COLOMBIANA
    El proceso evolutivo constitucional colombiano se puede dividir en varias épocas, a saber: la de la Independencia, de la Gran Colombia, de la Nueva Granada, la Federalista, la de la Constitución Política de 1886, que duró más de cien años y que tuvo un buen número de reformas, y la de la Constitución de 1991, que abre un nuevo ciclo en la historia constitucional colombiana.
    EN LA GRAN COLOMBIA
    Con el triunfo obtenido en la batalla del Puente de Boyacá, se consolida la independencia. El 7 de agosto de 1821, y reunido el soberano Congreso de Venezuela, dictó la Ley Fundamental de Colombia, mediante la cual se unían en una sola república las provincias de Venezuela y de la Nueva Granada. Este estatuto fue sancionado el 17 de diciembre de 1819 en la ciudad de Santo Tomás de Angostura y sus sesiones se clausuraron el 11 de enero de 1820. Eligió a Bolívar como Presidente de la República y a Francisco Antonio Zea como Vicepresidente.
    Posteriormente el Congreso General de Colombia, se reunió en la ciudad de Cúcuta en 1821 y expidió la llamada Constitución de Cúcuta, con un contenido de 191 artículos, en 10 títulos. Esta Constitución reafirmó la independencia y señaló que la soberanía reside esencialmente en la Nación. En 1828 se reunieron los constituyentes en Ocaña para reformar la Carta fundamental, pero las ideas centralistas preconizadas por los bolivianos y las federalistas por los Santanderistas, llevaron al fracaso dicha convención. Ante esta situación, un movimiento general puso en manos del Libertador la suerte de la patria, confiriéndole poderes discrecionales, y fue así como Bolívar expidió el decreto orgánico que sirvió de Ley Fundamental desde el 27 de agosto de 1828 hasta 1830, quedando sin vigor la Constitución de 1821.
    1. La Constitución Boliviana

    Paralelamente a la crisis de la Gran Colombia, Bolívar concluía la campaña libertadora en el sur. El Congreso constituyente de Bolivia, acogió el proyecto de Constitución Política presentado por Bolívar. En dicha Carta se aprobaron como ramas del poder público, la ejecutiva, la legislativa, la judicial y la electoral.

    6. La Constitución de 1843

    Esta Constitución, tachada de monárquica, duraría vigente 10 años. Con ella se estableció el poder ejecutivo, confiriéndole al Presidente de la República atribuciones permanentes para superar incluso situaciones de anormalidad. Esta Constitución suprimió el Consejo de Estado.

    7. El régimen centro-federal
    Los constituyentes de 853 consagraron respecto de los derechos individuales, formas absolutas y excesivas, como la expresión del pensamiento sin limitación alguna, y el equilibrio entre los conceptos de autoridad y derechos del ciudadano se rompió en favor de estos últimos.
    8. La Confederación Granadina
    Mediante la Constitución de 1858 se creó la Confederación Granadina, con un régimen federal, sin el contrapeso de un gobierno central, suficientemente vigoroso, como para conservar el orden.
    9. La Carta de 1863
    La Convención de Rio negro inició labores el 4 de febrero de 1863, y mediante una ley del 9 de febrero se organizó provisionalmente el gobierno. Ella expidió la nueva Constitución Política, instituyó la Confederación de los Estados Unidos de Colombia, integrada con los mismos de la Confederación Granadina, más el nuevo estado del Tolima creado en jornadas revolucionarias. Comparando la Carta Política de 1863 con la de 1858, se observan a grandes rasgos, las siguientes innovaciones:
    10. La Constitución de 1886
    Esta Carta que duró más de un siglo presidiendo la vida institucional del país, fue preparada por 18 delegatarios pero inspirada por Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro. Fue anunciada a la sazón, al país con dos notificaciones: la muerte de la Constitución Liberal de Rio negro, y el nuevo modelo administrativo basado sobre la centralización política y descentralización administrativa.

    MARIA ARGENY JIMENEZ YELA
    ADMINISTRACION PÚBLICA
    PIAMONTE - CAUCA

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  7. ART 11 “EL DERECHO A LA VIDA ES INVIOLABLE, NO HABRÁ PENA DE MUERTE”
    Considero que la vida es el derecho más importante para los seres humanos, pues no tienen razón de ser los demás, ya que no tendría sentido garantizar la propiedad, la igualdad, la salud, la educación, la protección si a quien se los conceden está muerto, el único que da la vida y puede decidir quitárnosla es Dios, en contraposición a esto encontramos que hay personas que proponen la pena de muerte como un mecanismo de sanción para quienes cometen actos violentos e inhumanos, pero antes de decidir u opinar sobre esta situación los invito a pensar en los siguientes aspectos, que efectividad tendría la justicia Colombiana a la hora de juzgar a un individuo; cuantos casos hay de personas que han cumplido grandes penas y resulta que eran inocentes, y que pensaríamos si la persona a la que se condena a pena de muerte es su hijo, su hermano o un familiar al cual queramos mucho.
    EDGAR FAJARDO ARTUNDUAGA
    ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
    PÌAMONTE CAUCA

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  8. ARTICULO 11. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.
    La constitución esta creada para garantizar la integridad humana en toda su plenitud, la vida es la compilación de todas las oportunidades que tiene la norma para hacer del hombre colombiano un ser valioso para la sociedad. Si no se garantiza el derecho a la vida la CP quedaría sin punto de llegada, sin olvidar que la organización judicial de nuestro país tiene un bajo porcentaje de efectividad en sus juicios y sentencias y cada día demuestran mas debilidad en la aplicación de la norma, esto aporta razones para que jamás allá pena de muerte en Colombia.

    JOHAN PARADA CHACON
    ESTUDIANTE VII SEMESTRE
    ADMINISTRACIÓN PUBLICA
    PIAMONTE CAUCA

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  9. Articulo 17 JAILENDER RODRIGUEZ GUZMAN

    Se prohíbe la esclavitud la servidumbre y trata de seres humanos en todas sus formas.
    Todas las personas somos iguales ante dios y la ley, independientemente de su religión raza entidad sexual posición sexual pero aunque nuestro país a comparación de otros está muy avanzado en la protección de los derechos al menos en el papel, no se bebe desconocer que hay personas que se aprovechan de su posición económica y social y hasta de su color para discriminar y hacer sentir menos a las personas que según ellas son inferiores, se aprovechan de la necesidad de las personas para hacer que trabajen a tal grado que se convierten en sus esclavos. Considero que el gobierno debe implementar mecanismos que le presten hacer que se cumpla este articulo lo cual es muy importante a las personas que lo cumplan aunque creo que deben hacer conciencia y mirar que al que están discriminando y esclavizando es un ser humano que siente piensa igual que todos nosotros y no olvidarnos que lo que hacemos algún día lo pagamos.
    JAILENDER RODRIGUEZ GUZMAN
    ADMINISTRACION PÚBLICA
    PIAMONTE CAUCA

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  10. ARTÍCULO 3º. La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes, en los términos que la Constitución establece.

    Este articulo ha llamado mi atención, y me recuerda una vez más el poder que tiene el pueblo, poder que no ha sabido aprovechar, poder que se ha delegado a unas pocas personas, personas que han limitado la visión del pueblo, una visión de igualdad, de derechos, derecho a elegir, a ser elegido y muchos más. Las acciones de quien gobierna involucra aun conglomerado humano bastante extenso, es decir todos. ¿Porque dejamos nuestro bienestar en manos de los demás, cuando el único interesado directamente de mi bienestar soy yo?
    Es verdad que no todos podemos gobernar desde “El Palacio” a la misma vez, que no todos nacemos con el don del liderazgo, pero no por eso vamos a dejar que los demás decidan por nosotros, cada vez que vendemos nuestra conciencia, que votamos por recibir un bienestar pasajero estamos dejando que el bienestar a un futuro para mí, para nuestros hijos, para nuestros nietos esté en manos de personas que en verdad no saben que es lo que quiere para sus vidas, mucho menos sabrá como ayudarte a un futuro. Una persona que tiene clara su visión y quiere gobernar hace las cosas bien desde su campaña desde su publicidad política, infunde valores, y llama la atención por su empeño de querer alcanzar el bienestar del pueblo, no dando cosas y despilfarrando plata que ni siquiera es del él, plata que en un futuro significa vender a un municipio, a un departamento, a una nación. Este es un acto que conlleva al estanco del desarrollo y va en contra del bienestar de las personas. Nuestra visión y objetivo debe ser tener un buen líder que nos represente, que sea la vos de nuestras ideas y anhelos, no votar pensando en la necesidad del momento, votar con conciencia y valorar este derecho tan importante como es el de elegir y ser elegido.

    YISETH YURELY PAZ
    Administración Pública

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  11. Excelente artículos,.
    Cordial saludo, profesionales, la actividad de esta semana es escoger una de las formas de estado o gobierno y explicar porque les parece importante y si están de acuerdo con el (estado social de derecho) de nuestro país,

    Bendiciones!!

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  12. FORMA DE GOBIERNO DEMOCRÁTICO

    He elegido esta forma de gobierno ya que me parece a diferencia de las otras, participativa y justa para todas las personas dándonos la libertad al pueblo de delegar la soberanía en autoridades elegidas en forma periódica y que son políticamente responsables de representarnos
    La forma de gobierno democrático nos da libertad de elegir unas propuestas de gobierno mediante el sufragio liberándonos un poco de la esclavitud que tenemos ante el gobierno.
    Imagínate vivir en un país donde la forma de gobierno es la monarquía, un gobierno que priva a todas las personas del libre albedrío, ya que el poder circula de manera hereditaria en manos de la misma familia, sin dar la oportunidad de proponer nuevas ideas para mejorar la calidad de vida.

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  13. COLOMBIA ES UN ESTADO SOCIAL DE DERECHO

    En la reforma de la constitución política de Colombia en el año 1991 el 1er. Articulo paso de ser Colombia es un Estado de derecho a Colombia es un Estado social de derecho; aunque casi no le demos la importancia a esta corta palabra abarca mucho ya que se refiere y se basa en la protección de la dignidad humana, de los derechos fundamentales.
    Esencialmente el Estado tiene como objetivo principal el bienestar del pueblo, que los habitantes puedan vivir de la manera más digna posible, que sin importar el estado económico de cada individuo tenga el derecho y puedan acceder a un buen servicio de salud, educación, trabajo, alimentación y tener una participación activa en la democracia del país.

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  14. HISTORIA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL EN COLOMBIA
    en conclusión...
    Esta historia es el proceso de formación y evaluación de las distintas constituciones que ha tenido Colombia desde su formación, y se ha podido dividir en varias épocas, a saber: la de la independencia, de la gran Colombia de la nueva granada, la federalista, de la constitución política de 1886, que duro más de cien años (según la historia) y que tuvo un buen número de reformas, y la de la constitución de 1991, que abre un nuevo ciclo en la historia constitucional colombiana.
    A continuación doy unas notas en el cual quiero que tenga presente desde que se inició el derecho constitucional hasta nociones de la actual constitución.
    CONSTITUCIONES 1810-1991
    1810 Ago. 15: Constituciones del estado libre e independiente del socorro, consagra el federalismo, la libertad de los esclavos y la abolición de resguardos.
    1811 May.30: Constitución de Cundinamarca. Declara que la provincia de Cundinamarca se elige en monarquía.
    1811 Nov.27: Acta de federación de las provincias unidas.
    1811 Dic. 9: Promulgada constitución dela república de Tunja.
    1812 Mar. 21: En Rio Negro se suscribe la constitución del estado de Antioquia
    1821 Jul. 12: Expedida en Cúcuta, constitución de la república de Colombia, conformada por tres grande departamentos Cundinamarca, Venezuela y Quito. Con un contenido de 191 articulo, en 10 titulos.
    1830 May. 5: promulgada constitución de la república de Colombia. Siguió los parámetros de la anterior, pero disminuyo sus rasgos centralistas
    1831 Nov. 17: Expedida ley fundamental del estado de la nueva granada
    1832 Mar. 1: Promulgada constitución de la nueva granada. Refuerza el poder de las provincias.
    1843 Abr. 20: Sancionada constitución política de la nueva granada. Aunque sigue lineamentos de los anteriores, refuerza los poderes residenciales.
    1853 May. 21: Sancionada carta constitucional de la republica nueva Granada. Descentralismo.
    1858 May. 22: Expedida constitución de la confederación Granadina. Divide la república en estados federales bajo un régimen.
    1861 Sep. 20: Suscripción del pacto de unión con características de constitución provisional. Acentúa poderes de los estados.
    1863 May. 8: Constitución de los Estados Unidos de Colombia firmada en Rio Negro, Antioquia Federalista. Preámbulo invoca al pueblo como fuente de autoridad.
    1886 Ago. 4: Constitución de república de Colombia. Carácter centralista, presidencialista, autoritario y confesional.
    1991 Jul. 4: Sancionada nueva constitución. Énfasis en derechos y libertades fundamentales.
    Todo esto fue dado por el mismo pueblo, según mi punto de vista respecto a cada énfasis, ya que presenta tras generación en generación un acorde de comodidad para ejecutarse en el tiempo de cada lugar correspondiendo la forma de existencia y dando una eficaz manera y fue así que llegaron al descentralismo. Además el Programa nacional de regeneración tuvo un cambio en el país que permanecía como un sistema federal descentralizado y que dio paso a un sistema centralizado con una presidencial central fuerte.
    Se ha dado el nombre de asamblea nacional constituyente Y constitución política de 1991 que hoy conocemos como “constitución política de Colombia
    “LA INVESTIGACIÓN ES LA ARMA MAS FUERTE PARA EL CONOCIMIENTO DEL SER»
    Estudiante- Administración Pública- MAYERLY TROCHEZ Piamonte- cauca

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  15. ARTICULO...
    Los artículos de los derechos constitucional colombiano, son de suma importancia, sé que hay algunos que resalta muy amena ya que se caracteriza como identificación independiente, con esto lleva a todos los colombianos a razonar, en el caso del derecho a la a vida, no a la discriminación racial (de la ley 70 de la constitución colombiana) entre otros, y particularmente debo de resaltar la del derecho fundamental de niños y niñas de nuestro país según el artículo 44.
    Por otro lado paso a comentar los hecho tan inconvenientes de aquellos tiempos, que se observa y se analiza sobre el sufrimiento obtenido de niños y las niñas que pasaron momentos difíciles, ha tenido una década en el cual hubo alguien que sobre salió al fortalecimiento y al derecho ciudadano de la niñez del futuro, ya que con su sabia sabiduría nos llevan a los adultos a conocer sus características de su niñez.
    Por tal razón se ha realizado varios programas de atención e integración para niños y niñas donde se ha tenido en cuenta un mejor desarrollo intelectual, brindando una sana convivencia en fin; aunque todavía se ven casos de violación de ese derecho… hacia ellos, por parte de su familia; pero sobre todo es un privilegio que exista ese gran artículo.

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  16. Artículo libre expresión:
    La libre expresión es un derecho que se ha consagrado en la constitución política de nuestro país pero ha sido violado muchas veses por el estado que es el que encabeza los deberes y los derechos de tod@s los colombianos,también hay muchos ciudadanos que no respetan este artículos expuesto por el estado.
    También se considera que este artículo ha sido cumplido solo para las personas de las altas jerarquía ya que si esto ocurre con algunas personas del pueblo colombiano no se le presta mucha atención.
    Se busca que con este artículo sea respetado la libre expresión de el colombiano mas pequeño has el mas grande se espera que en algunos años este derecho pero también deber se cumpla de acuerdo a la ley.
    Jailender Rodriguez Gusman

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  17. ARTÍCULO 16. Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.

    Me parece excelente este artículo de la constitución ya que hace relevante el derecho a la libertad, un derecho que si cumpliera aportaría mucho para la convivencia en sociedad. Claro está que hay que aplicar la frase “mi libertad llega hasta donde comienza la libertad de mi prójimo” porque no puedo pasar por en sima de nadie supuestamente haciendo uso de mi derecho, eso se llama abuso.
    El pequeñísimo problema es no saber interpretar este artículo, cada uno lo interpreta a su antojo y acomodo haciendo lo que le parece está bien hecho.

    Dicen por ahí que la ley es para los bobos y entre los bobos están los pobres “personas invisibles sin ningún reconocimiento” pero he ahí el problema que un derecho de un noble sea violado “se arma la de Troya” Como ejemplo el caso de Nicolás Castro la persecución penal que se está llevando en su contra cómo usuario de Facebook que participa en un grupo que busca asesinar al hijo del presidente de la República. No se puede meter a la cárcel a una persona solo por un comentario, claro está que no estoy de acuerdo con la violencia, simplemente me da ironía al saber que solo causa este efecto al tratarse del hijo del presidente; pero si se hace una publicación en las redes sociales “vamos acecinar al hijo de doña Concha del barrio Kennedy de Bogotá” ¿Quién se manifiesta? ¿Qué harán las autoridades al respecto? ¿Qué harías tú al respecto? Ah no podemos decir nada porque estaríamos violando el artículo 16. “Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad…” ¡ojo que esta estipulado en la NORMA DE NORMAS¡ en este caso el que menos conoce de leyes por más ignorante que sea por lo menos sabe que en algún lado de la constitución dice “Todas las personas tienen derecho al libre desarrollo de su personalidad” y hasta ahí le guardo la memoria porque le quedo grande aprenderse el resto del artículo.

    ¿Será que las leyes están mal hechas o la audiencia no está capacitada para entenderlas?

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  18. JOHAN ANDRES PARADA CHACON
    ESTADO FEDERAL
    Se caracteriza por la coexistencia de un orden jurídico central de alcance nacional y órdenes jurídicos periféricos que rigen exclusivamente dentro de los límites de su respectiva jurisdicción territorial, esto permitiría que las normas creadas para el beneficio de la población de cada localidad sean de su interés y no tengamos que acogernos a layes que solo intervienen positivamente en algunas zonas del país. Colombia es un estado unitario lamentablemente y los legisladores, creadores de las reglas que rigen nuestro país no tiene en cuenta todo el territorio en el momento de su creación, por ese motivo los municipios son sometidos a cumplir los requisitos que demanda la norma sin saber realmente el beneficio o perjuicio que generan, Considero que el federalismo ocasiona mejor calidad de democracia y oportunidades de expresión de acuerdo con la cultura, costumbres y tradiciones que cada jurisdicción posea.

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  19. MARIA ARGENY JIMENEZ YELA
    ESTADO UNITARIO
    Es el que tiene un orden jurídico único y un haz de autoridades políticas válidos para todo su territorio. Esto permite una organización rígida que facilita el trabajo del gobierno al momento de organizar y administrar los bienes públicos, controla de forma general todo su territorio con una sola constitución donde las leyes plasmadas protegen la integridad humana sin ninguna preferencia, generando igualdad.

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  20. GOBIERNO DEMOCRATICO

    Este es la mejor forma de gobierno ya que todos los que pertenecen a el tinen la opcion de elegir y ser elegido, de participar en la toma de decisiones y cuando se elige un representante par que administre los recursos del estado y no cumple con las espectativas de quienes lo eligieron puden rebocar su mandato y elegir a otro. afortunadaamente nuestraa colombia tiene una forma de gobierno democratico la cual es una gran ventaja en cuanto a otros paisses del mundo. yo considero que todos los paises del mundo deberian de ser democraticos con la participacion y compromiso de todos los ciudadanos, haciendo veedurias para hacer cumplir todos los planes y proyectos que se tiene para mejorar la calidad de vidad de la poblacion.

    edgar

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